La voz plagio procede del latín plagium y tiene dos acepciones: Una y la otra significan lo mismo: ‘Acción y efecto de plagiar’, pero son diferentes. ¿Cómo es esto? Pues sucede que plagiar —del latín plagi?re— tiene varios significados: uno es bastante moderno, y está situado en el último lugar de todos ellos en el diccionario académico, y me refiero al de uso en varios países de América: ‘Secuestrar a alguien para obtener rescate por su libertad’, cuestión esta que viene sucediendo con más asiduidad desde los últimos años del siglo XX.
De los restantes significados de plagiar, dos de ellos corresponden a la época romana, y son: ‘Entre los antiguos romanos, comprar a un hombre libre sabiendo que lo era y retenerlo en servidumbre’, así como: ‘Entre los antiguos romanos, utilizar un siervo ajeno como si fuera propio’. Sin embargo, el primero de los significados actuales de plagiar es el más conocido: ‘Copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias’.
El plagio en tiempos de Roma
Como podremos suponer, entre los primeros casos de plagio que se dieron en el mundo estuvieron los de la época de la esclavitud en la antigua Roma. Quienes sufrían los robos de esclavos de su propiedad o aquellos hombres libres que eran comprados como esclavos —primero tenían que ser cazados— estaban protegidos por la llamada “ley Flavia”, proclamada en el siglo l, cuando dominó en Roma la familia de los Flavios, es decir Vespasiano (9-79), y sus hijos Tito (40-81) y Domiciano (5l-96). La ley Flavia también fue denominada “ley plagiaria”, ya que los ladrones eran sometidos a castigo ad plagas, esto es, a la pena de azotes. El latín plaga significa ‘llaga’, y plagar, del latín plag?re, quiere decir ‘ulcerar, llagar’, esto es, ‘hacer o causar llagas’.
En latín, plagam significa ‘azotes, latigazos’, además, así se le denominaba a la ‘herida, úlcera o llaga causada por los latigazos’.
Pero también en el siglo l se empleó la voz plagio, metafóricamente, en el sentido de ‘copia de una obra ajena’.
De los dos significados de plagiar de la época romana, el que consistía en ‘comprar a un hombre libre sabiendo que lo era y retenerlo en servidumbre’, ocurrió también en la época de la esclavitud moderna, pues todos sabemos que las tribus costeras africanas en connivencia con los tratantes negreros, apresaban a individuos de ambos sexos de tribus contrarias, los secuestraban, los capturaban, los plagiaban, y después los vendían a los negreros.
Un plagio traído a Cuba
Entre los casos de plagios que fueron traídos a nuestro país, o que fueron importados por el gobierno colonial que sufrió Cuba, está el que nos narra María de los Reyes Castillo, Reyita. Su hija Daisy Rubiera Castillo publicó un libro acerca de la vida tan tormentosa de su madre. (1) De Reyita, habla María del Carmen Barcia:
Cuando María de los Reyes Castillo nos dice que su abuela Antonina, que murió en 1917, y que tenía un color prieto, muy asentadito, había nacido en una aldea de Cabinda, lugar habitado por los quincongos, y había sido raptada, junto a sus hermanas Casilda y Gestora, para, tras una larga travesía desde la lejana África, ser vendida en la Isla de Cuba, está iniciando la historia de su familia. Antonina se enamoró de Basilio, otro esclavo africano, y juntos comenzaron un linaje que tuvo que asumir, como era característico de la esclavitud en nuestro país, el apellido Hechevarría, que era el de los amos. (2)
La libertad de los esclavos en Cuba
De esos esclavos negros de América, en específico de Cuba, algunos podían obtener, posteriormente, su libertad por varias formas, como:
l. Por comprarla ellos mismos, después de muchos años de esclavitud y haber guardado las regalías que quizás pudieron ganarse de sus amos.
Esta es la historia de la esclava Juana González, quien decía de su primera ama que “la trató siempre con las mayores consideraciones”. Pero la dueña murió y la sierva pasó como herencia a Gerónimo González, probablemente hermano de la difunta ama. Después, el nuevo dueño la vendió por 550 pesos a Luisa Brito. Unos quince o veinte años más tarde, en 1836, Juana González compró su libertad a su nueva ama. Desde entonces, la antigua esclava tenía un nuevo estatus legal, el de parda libre. (3)
2. Los hijos de los amos no podían ser sus esclavos; en el momento de nacer, eran libres.
Los diferentes reglamentos o leyes acerca de lo que podían o no podían hacer los esclavos, fueron compilados en el Código Negro Carolino, de 1784, y en este quedó plasmado, sobre el matrimonio, que los blancos “(...) no podían contraerlo con sus esclavas negras o mulatas”, así como también vedaba el concubinato, y tal prohibición evidenciaba que esto era algo que sucedía, que era usual. Sin embargo, a continuación quedaba establecido en este Código que, de darse como positiva la unión sexual entre un blanco y una de sus esclavas, que esta última no podía acceder a su libertad por ese solo hecho, y serían penados tanto la esclava como el amo. Pero no sucedía lo mismo para los hijos habidos de esta relación entre el amo y la esclava, pues quedaba establecido que los hijos “(...) no pueden ser siervos de sus propios padres”.
Sobre esta base, voy a continuar la historia de Juana González. ¿Por qué fue vendida por 550 pesos a Luisa Brito? Pues porque un hijo de Gerónimo González, su anterior dueño, llamado Francisco, “la trató con amor”, y de esa relación nació una hija, quien hubiera quedado libre según la legislación, pero Francisco, no se sabe si aconsejado por su familia o por propia decisión, incumplió la palabra dada a Juana, y la familia vendió a Juana sin su pequeña hija, quien quedó al cuidado de su abuela septuagenaria —que también era parte de la dotación del mismo amo—. Así las cosas, aunque la cría quedó como esclava de la familia González, Juana siempre estuvo al tanto de su hija, y sabía de ella.
Como se pudo apreciar en el anterior ejemplo, en el numeral 1, Juana González pudo comprar su libertad. Al convertirse en una mujer libre, entonces se dedicó a querer salvar de la esclavitud a su hija María Quirina, la que en ese momento tendría, más o menos, unos quince años, pues ya tenía un hijo de nueve meses, llamado Rafael.
El acusar ante un juez —con la ayuda de un síndico, personalidad que según la ley era quien trataría con el amo blanco— al presunto padre de su hija, Francisco González, de haber violado la ley, por quedarse con su propia hija como su esclava, dio como resultado un juicio muy tenso y con una serie de complejidades, que no voy a explicar aquí por lo extensas que son. Aunque no era muy probable que una antigua esclava que acusara a un amo resultara ganadora en un juicio, Juana González, increíblemente, lo ganó. Y así, después de años de litigio, ganaron su libertad su hija María Quirina y su nieto Rafael. (4)
3. Comprar su vientre la madre esclava, para que el hijo o la hija naciera libre.
Así sucedió a la pareja de negros esclavos criollos, es decir, nacidos en Cuba, Fermín y Serafina, quienes guardaron de su muy limitada economía 25 pesos oro para comprar el vientre de Serafina a la copropietaria del ingenio Vellocino, la cual abrigaba sentimientos de humanidad y protección por estos esclavos, y gracias a ello no nació esclavo quien fuera posteriormente el gran patriota Juan Gualberto Gómez Ferrer, que nació el 12 de julio de 1854, en el ingenio Vellocino, Sabanilla del Comendador, Matanzas. También, gracias al ama que les dio facilidades de pago, sus padres pudieron ser libres al comprar su propia libertad, en 1864, cuando el niño contaba diez años. Más tarde, así también pudieron enviarlo a estudiar a Francia.
4. Por un acto benévolo del amo, manumitiendo al esclavo —muchas veces expresado esto en sus testamentos—.
Esto aconteció en el caso de la esclava llamada Petrona, quien debió haber nacido alrededor de 1836, que “(...) era de un color entre morena y parda, que son conocidos vulgarmente en esta Isla como chino o mulato de la tierra”. Petrona tuvo tres hijos, el primero cuando contaba quince años, y el último, José Dolores Abraham, en 1859, cuando ella tenía veintitrés. A sus tres hijos se les otorgó la “carta de libertad” al nacer, y en las partidas de nacimiento aparecían como “de padre desconocido”. Cinco años después del nacimiento de José Dolores Abraham, murió don Jacinto Durán, dueño de Petrona y quien antes había otorgado la “carta de libertad” a los tres hijos de ella. En su testamento, don Jacinto le otorgó la libertad a Petrona y le legó una casa en la población de Casablanca. También Durán dejó constancia en su testamento de que José Dolores Abraham era su hijo, y le legó cuatro casas. Es posible que los dos mayores también fuesen hijos suyos, pero tenía, al parecer, algún especial encariñamiento por el menor. (5)
5. Por una disposición superior, que los declarara libres.
Hubo distintas disposiciones de España acerca de la abolición de la esclavitud en sus colonias, la cual se dio en tres pasos.
(Continuará)
Notas:
(1) Daisy Rubiera Castillo: Reyita, sencillamente. (Testimonio de una negra cubana nonagenaria, Prolibros, Instituto Cubano del Libro, La Habana, 1996.
(2) María del Carmen Barcia: “Breve síntesis de la historia de Reyita”, en conferencia “Mujeres de la otra familia: De la evasión al reclamo”, ofrecida en el taller “Mujeres en La Casa”, efectuado en la Casa de las Américas, La Habana, en febrero de 2004.
(3) Datos tomados de María del Carmen Barcia: La otra familia. Parientes, redes y descendencia de los esclavos en Cuba, Editorial Oriente, Santiago de Cuba, 2009, p. 62.
(4) Ibídem, pp. 62-64.
(5) Ibídem, p. 115.
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