Cuba: en torno al inicio y final de la esclavitud en la Isla


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La esclavitud de africanos negros fue instituida en Cuba, al igual que en otras partes del Caribe y de la América hispana, como consecuencia del proceso de conquista y colonización española de nuestras tierras y poblaciones  originales.

Algunos textos de historia afirman que a partir de 1511, con el arribo de Diego Velázquez y su tropa a la Isla, llegaron “sirvientes” africanos negros que los acompañaban en su viaje desde La Española. En todo caso, pasaron 375 años de esta profunda tragedia social y moral antes de que se pusiera en vigor el 7 de octubre de 1886 la Real Orden de abolición total de la esclavitud en Cuba.

Está claro que la sustitución del indio se origina no solamente en su creciente escasez, sino sobre  todo en su propio rendimiento, que a la rapacidad del colono le parecía soportable en la extracción del oro más no en una agricultura casi susistencial. Quizás algún día debamos convenir en que la desaparición del indio como elemento de trabajo es más un hecho económico que una total extinción humana, y que lo que se extinguió antes de 1540 fueron los placeres y yacimientos auríferos de rendimiento alto, compensatorios de su propia productividad en el trabajo. A juzgar por lo que dice Oviedo en su Historia (Lib. VI, cap. VI) como por cada indio dedicado a la minería se requerían cuatro más para sustentarle, los dominadores europeos preferían sustituirlos por negros en los trabajos agrícolas. (Le Riverend, 1974:27-28)

Una vez recordados brevemente aquellos aspectos esenciales de la esclavitud en el inicio de la época colonial de Cuba: el económico y la causa de la sustitución étnica progresiva de los esclavos, me interesa hacer referencia a otros. 

Ordenanzas de Cáceres

Entre los documentos de corte jurídico más antiguos, referidos al tema de los esclavos negros dentro del ordenamiento general de la colonia antillana, se encuentran las Ordenanzas para la villa de La Habana y las demás villas y lugares de la Isla de Cuba, elaboradas en 1574 por el oidor de la Audiencia de Santo Domingo don Alonso de Cáceres y Ovando, por lo que se le conocen abreviadamente como “Ordenanzas de Cáceres”. Estuvieron vigentes plenamente hasta el siglo XVIII.

En estas normas, de obligatorio cumplimiento se traslucen las situaciones económicas por las que atravesaba la Isla, y, en particular, La Habana de las últimas décadas del siglo XVI, la participación y conducta de los esclavos con relación a ellas y se señalan las responsabilidades de los amos… (Aruca, 2016: 92-93)[i]

Hubo en ese texto 14 ordenanzas relacionadas con los esclavos africanos negros, lo más notable de estas es el enfoque ideológico “racializado”, con un sentido expresamente peyorativo por el color de la piel negra.

Se evidencia claramente el interés del autor en trasmitir a quienes tienen que observar tales regulaciones y cumplirlas, que existe una amplia y profunda diferencia entre los miembros de aquella sociedad y, que las acciones brutales impuestas sobre la base de las ordenanzas están plenamente justificadas por el color de la piel, negro, que rebaja a nada a los individuos que así la poseen, debido a factores biológicos o fenotípicos. Esta idea de dominación (superioridad –inferioridad) de unos individuos (blancos) sobre otros (negros) fue conscientemente elaborada o construida lingüísticamente  por Cáceres en cada una de las ordenanzas a que me refiero(Aruca, 2016: 93-94)

El racismo enraizado en la sociedad criolla traspasó su época

El razonamiento racista, hondamente enraizado en la sociedad criolla, traspasó su época, y a través de múltiples sutilezas sobrevivió como elemento de desunión en la mentalidad de los cubanos, aún en el siglo XIX, cuando se manifestaron claramente las ideas liberales en el terreno de la economía capitalista y de la política con tendencia separatista.

La cuestión de la abolición de la esclavitud fue debatida a lo largo del siglo XIX;  su posible punto de partida, tuvo lugar en las cortes españolas de 1812, causando la propuesta emancipadora una gran oposición por parte de los plantadores esclavistas azucareros de la Isla. Posteriormente, en 1820, el tratado entre el Reino Unido de Gran Bretaña y España para suprimir el comercio de esclavos, concretó uno de los aspectos principales en cuestión:el traslado forzoso de africanos cautivos, lo convirtió en ilegal.

De esa manera, el comercio o la trata ilegal subsistió por muchos años, dando lugar a la vigilancia y persecución marítima inglesa de los violadores del tratado, bajo los ojos consentidores o colaboradores de las autoridades españolas.

El movimiento antiesclavista o abolicionista hacia la tercera década del siglo XIX, constituyó una fuerte tendencia dentro del pensamiento liberal cubano, que tuvo entre sus defensores a José Antonio Saco (1797-1879), quien fue expulsado de la Isla por tales ideas. Sus argumentos principales se fundamentaban en el reconocimiento de que la esclavitud ya no era económicamente viable y en el indeseable desbalance demográfico que había creado al interior de la sociedad isleña el incremento incontrolado de los esclavos africanos negros.

Conspiraciones de esclavos inflamaron los temores de los esclavistas

Más adelante, las grandes conspiraciones de esclavos, como La Escalera (1843), inflamaron los temores de los esclavistas, criollos y peninsulares, ante la posibilidad de que se desatara una revolución social similar a la que había ocurrido en Saint Domingue  y cuyo resultado esencial fue la fundación de la vecina República de Haití.

Así las cosas, el inicio del levantamiento armado en el ingenio La Demajagua, el 10 de octubre de 1868 y la consecuente liberación de los esclavos por parte de Carlos Manuel de Céspedes y de otros propietarios esclavistas que allí lo secundaron, crearon los antecedentes, las nuevas condiciones históricas revolucionarias, y le dio un giro radical al proceso abolicionista en los territorios liberados de Cuba.

En la obra Carlos Manuel de Céspedes Escritos Compilaciòn de Fernando Portuondo del Prado (y) Hortensia Pichardo Viñals, Tomo I (Editorial de Ciencias Sociales, La Habana, 1974), aparecen importantes documentos que recogen las   acciones emprendidas por Céspedes (entre 1868 y 1870), y cuya aplicación en la realidad transformó la vida de miles de ex esclavos liberados, e integrados como “ciudadanos” de la República de Cuba en armas.

El manifiesto de la Junta Revolucionaria de la Isla de Cuba, “Dirigido a sus compatriotas y a todas las naciones”, firmado por Ignacio Martínez Roque, en Manzanillo, el 10 de octubre de 1868, declaraba: “deseamos la emancipación gradual y bajo indemnización de la esclavitud” (Portuondo y Pichardo, 1974: 111).

Aunque, la orden del día fechada en Bayamo el 29 de octubre de1868 y firmada por Céspedes, expresamente prohibió “a todos los jefes y subalternos del Ejército Libertador admitir esclavos en sus filas, a menos que no sea con facultad de sus dueños o mía”, esta política fue modificada en un período de tiempo relativamente breve.

Así representó un dibujante del siglo XIX al castigo aplicado a los esclavos. (Autor no identificado)

Cuba libre es incompatible con Cuba esclavista

Al pasar a la etapa de gobierno provisional en Bayamo, y siendo Céspedes capitán general del Ejército Libertador y Encargado de dicho gobierno, libró un decreto en cuyo párrafo inicial se ratificaban los principios siguientes:

La revolución de Cuba al proclamar la independencia de la Patria, ha proclamado con ella todas las libertades; y mal podría aceptar la grande inconsecuencia de limitar aquellas a una sola parte de la población del país. Cuba libre es incompatible con Cuba esclavista, ya la abolición de las instituciones españolas debe comprender por necesidad y por razones de la más alta justicia, la esclavitud como la más inicua de todas. Como tal se halla consignada esa abolición entre los principios proclamados en el primer manifiesto dado por la revolución. Resuelta en la mente de todos los cubanos verdaderamente liberales su realización en absoluto ha de ser el primero de los actos conque el país haga uso de sus conquistados derechos.(Portuondo y Pichardo, 1974:144)

En el documento se enuncian 9 medidas aplicables a los esclavos, teniendo en cuenta  y respetando la calidad de propiedad privada que poseen estos en relación con sus amos o propietarios legales, interesa subrayar el siguiente como fórmula general:

1º Quedan declarados libres los esclavos que sus dueños presenten desde luego con este objeto a los jefes militares, reservándose a los propietarios que así lo desearon la indemnización que la nación decrete y con opción a un tipo mayor al que se fije para los que se emancipen más tarde.

Igualmente se define el servicio que los emancipados prestarían dentro del Ejército Libertador.  De esta forma se respondía al problema del empleo, planteado por la liberación total de la mano de obra ex esclavizada.

Solamente mencionaré el debate que ocurrió alrededor de la emancipación parcial o total de los esclavos en abril de 1869, al celebrarse la Asamblea Constituyente en Guáimaro, Camagüey, donde se afirmó como solución transitoria, el proceso gradual de emancipación. No obstante, el 25 de diciembre de 1870, al estar en funciones de Presidente de la República, Carlos Manuel de Céspedes expidió una Circular, firmada en Camagüey,  en la cual, entre otros asuntos tratados, se expresa que:

El timbre más glorioso de nuestra Revolución a los ojos del mundo entero, ha sido la emancipación de los esclavos que, no encontrándose en plena capacidad durante los primeros tiempos de su libertad para ejercer ciertas funciones, a causa de la ignorancia , en que el despotismo español los mantenía, habían sido dedicados , casi exclusivamente al servicio doméstico, y al de la agricultura por medio de consignaciones forzosas, el transcurso de dos años ante el espectáculo de nuestras libertades, es suficiente para considerarlos ya regenerados y franquearles toda la independencia a que con sujeción a las leyes, tienen indisputable derecho. “Se hace, pues, necesario completar su redención…y a la vez emanciparlos de sus servicios forzosos”. Por ello es que, desde la publicación de esta circular, cesarán esas consignaciones, quedando en libertad de prestarlos como tengan por conveniente, y consagrarse como los demás ciudadanos a aquellas ocupaciones, que según su aptitud, les sean más propias en cualquiera de las esferas de actividad de la República, sin que, bajo concepto alguno, puedan permanecer ociosos…(Portuondo y Pichardo, 1974:223).

En 1878, el Pacto del Zanjón suspende las acciones bélicas sin otorgar la independencia al país ni la liberación a todos los esclavos negros, solamente se refiere a los que habían sido emancipados en territorio mambí. La Protesta de Baraguá es la denuncia pública de sus limitaciones y por ello establece la continuidad de la guerra.

Transcurrieron 8 largos años en el proceso de patrocinio, antes de que se aprobara y trasladara a Cuba la Real Orden de abolición final de la esclavitud. De su verdadera importancia y efectos, inmediatos y mediatos, me ocuparé en otra ocasión.

 

 

[i]Aruca Alonso, Lohania: “Apuntes sobre las Ordenanzas de Cáceres y la esclavitud en la Isla de Cuba a fines del siglo XVI”, 2016, en: Revista de la Biblioteca Nacional de Cuba José Martí, Año 107, No.2, Julio-Diciembre, pp. 85-103.


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